Cuando incumplir las normas se convierte en costumbre, la convivencia se deteriora y los derechos de los ciudadanos terminan pagando las consecuencias.
Por: Genil Cuesta feliz | La Pluma Perspicaz
Hay problemas que no siempre aparecen en los grandes titulares, pero que se manifiestan todos los días en la vida de millones de personas. No necesitan una declaración oficial ni un informe técnico para hacerse visibles: basta con salir a la calle, caminar por una acera, intentar descansar en la propia vivienda o desplazarse por una vía pública para encontrarse con situaciones que revelan una preocupante dificultad para convivir respetando los derechos ajenos.
Vehículos estacionados sobre las aceras, motocicletas que circulan sin la debida precaución, música a volúmenes excesivos, residuos arrojados en espacios públicos, conductores que ignoran las señales de tránsito y personas que consideran que las reglas deben cumplirse solamente cuando existe una autoridad vigilando.
La pregunta que debemos hacernos no es únicamente por qué existe tanto desorden. La interrogante más profunda es otra: ¿en qué momento comenzamos a considerar normal aquello que perjudica a los demás?
La República Dominicana necesita examinar este problema sin prejuicios, sin generalizaciones y sin limitarse a señalar culpables. Porque detrás de muchas conductas aparentemente pequeñas existe una cuestión de fondo: la relación entre la responsabilidad individual, la educación ciudadana, la autoridad pública y el respeto a los derechos de los demás.
Cuando lo incorrecto se vuelve cotidiano
Una conducta no se convierte en correcta simplemente porque muchas personas la practiquen.
Que alguien estacione su vehículo sobre una acera no significa que tenga derecho a privar a los peatones de ese espacio. Que un establecimiento coloque mercancías frente a su negocio no justifica que impida el paso. Que una persona utilice equipos de sonido a un volumen que perturbe a sus vecinos no convierte esa conducta en una expresión legítima de libertad.
Sin embargo, cuando estas situaciones se repiten durante meses o años sin una respuesta efectiva, pueden terminar incorporándose a la rutina colectiva.
El ciudadano que observa una infracción todos los días puede llegar a pensar que denunciarla no sirve de nada. Quien inicialmente se siente incómodo puede terminar resignándose. Y quien descubre que puede incumplir una norma sin afrontar consecuencias podría interpretar esa ausencia de respuesta como una autorización implícita.
Así se desarrolla una de las dinámicas más perjudiciales para la convivencia: la costumbre termina sustituyendo al criterio de lo correcto.
No ocurre de la misma manera en todas las comunidades ni afecta a todas las personas por igual. Pero constituye un fenómeno que merece atención, porque la repetición de conductas perjudiciales puede reducir la sensibilidad social ante problemas que afectan la seguridad, la tranquilidad y el bienestar colectivo.
Las aceras: un ejemplo de cómo se vulnera un derecho cotidiano
Pensemos en una persona adulta mayor que necesita caminar hasta una farmacia. Imaginemos a una madre que empuja un coche infantil o a una persona con discapacidad que utiliza una silla de ruedas.
Si la acera está ocupada por vehículos, mercancías, desperdicios u otros obstáculos, estas personas pueden verse obligadas a bajar a la calzada y exponerse al tránsito.
Lo que para algunos representa una manera cómoda de estacionarse o aprovechar un espacio comercial puede convertirse, para otros, en un riesgo real.
La Ley núm. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial define la acera como el espacio destinado exclusivamente al uso de los peatones. La misma legislación establece obligaciones y reglas relacionadas con la circulación y la seguridad vial. Por tanto, el uso de las aceras no debe entenderse como una cuestión de preferencia personal, sino como parte de la organización legal del espacio público.
La pregunta es inevitable: ¿de qué sirve reconocer un espacio destinado al peatón si, en la práctica, este no puede utilizarlo con seguridad?
Recuperar las aceras no es simplemente mejorar la apariencia de una calle. Es defender el derecho de las personas a desplazarse sin tener que competir con vehículos, obstáculos o actividades que impidan su circulación.
El ruido excesivo: cuando la libertad de uno afecta la tranquilidad de otro
Otro ejemplo frecuente es la contaminación sonora.
En determinados entornos, el ruido excesivo puede convertirse en una fuente constante de conflictos entre vecinos, establecimientos comerciales y comunidades. Equipos de sonido, bocinas, actividades recreativas y otras fuentes de ruido pueden afectar el descanso de quienes necesitan dormir, estudiar, trabajar o recuperarse de una enfermedad.
Aquí aparece una confusión que conviene aclarar: tener libertad para escuchar música, celebrar una actividad o desarrollar un negocio no significa disponer de un derecho ilimitado a perturbar a los demás.
La convivencia exige establecer límites razonables, respetar las disposiciones aplicables y reconocer que el espacio compartido no pertenece exclusivamente a quien tiene el sonido más potente.
En la República Dominicana existe la Ley núm. 90-19, que modifica la legislación sobre prevención, supresión y limitación de ruidos nocivos y molestos. Su existencia demuestra que el ruido no es solamente una cuestión de gustos personales: también constituye un asunto regulado por el ordenamiento jurídico.
Pero una norma, por sí sola, no garantiza resultados. Se necesita orientación, mecanismos accesibles para presentar denuncias, actuaciones institucionales adecuadas y un compromiso ciudadano que permita prevenir los conflictos antes de que se agraven.
¿Por qué incumplimos las reglas?
No existe una sola explicación para todas las conductas contrarias a la convivencia. Atribuirlas exclusivamente a la falta de educación sería una simplificación, del mismo modo que responsabilizar únicamente a las autoridades impediría reconocer la participación de cada ciudadano.
Hay, al menos, cinco factores que merecen ser examinados.
1. La falta de conciencia sobre los derechos ajenos
Algunas personas evalúan sus acciones únicamente desde la conveniencia personal.
Si estacionarse en determinado lugar les ahorra tiempo, no siempre consideran el perjuicio que causan a los peatones. Si colocar basura en una esquina les evita trasladarla hasta un lugar apropiado, pueden ignorar las consecuencias para sus vecinos.
Esta forma de actuar revela una dificultad para comprender que la libertad individual tiene límites cuando afecta los derechos legítimos de otras personas.
2. La percepción de que incumplir no tiene consecuencias
Cuando una infracción se repite sin que exista una respuesta institucional visible, puede consolidarse la idea de que las normas son opcionales.
No se trata de afirmar que todas las infracciones quedan impunes, sino de reconocer que la percepción de una aplicación irregular de las reglas puede debilitar su autoridad social.
Para que una norma sea respetada, los ciudadanos necesitan conocerla y observar que se aplica de manera coherente, sin privilegios arbitrarios ni diferencias injustificadas.
3. La educación ciudadana insuficiente
La educación no debe limitarse a enseñar a leer, escribir o resolver operaciones matemáticas. También debe contribuir a formar personas capaces de reconocer sus responsabilidades dentro de una comunidad.
Respetar un paso peatonal, no arrojar desperdicios en la calle, moderar el ruido y proteger los espacios comunes son comportamientos que pueden aprenderse desde la infancia y reforzarse durante toda la vida.
La familia, la escuela, las organizaciones comunitarias y las instituciones públicas tienen oportunidades para promover estos valores mediante el ejemplo y la práctica.
4. Las deficiencias en los servicios y la organización urbana
También sería injusto exigir determinados comportamientos sin examinar las condiciones en que viven los ciudadanos.
La falta de contenedores, las deficiencias en la recogida de residuos, las aceras deterioradas, la insuficiencia de espacios de estacionamiento o la ausencia de señalización adecuada pueden contribuir a ciertos problemas.
Esto no convierte automáticamente una infracción en aceptable. Significa que las soluciones deben distinguir entre las conductas individuales que requieren corrección y las deficiencias de infraestructura o servicios que corresponden a las instituciones.
Una política pública eficaz no se limita a sancionar: también identifica los obstáculos que dificultan el cumplimiento de las normas.
5. El ejemplo de quienes tienen responsabilidades públicas
Las autoridades, los funcionarios, los agentes encargados de hacer cumplir las normas y los representantes comunitarios tienen una responsabilidad especial de actuar con coherencia.
Cuando una institución exige respeto a una regla, pero no ofrece explicaciones sobre su aplicación, no atiende las denuncias o tolera determinadas conductas sin criterios transparentes, puede debilitar la confianza ciudadana.
El ejemplo institucional importa. La autoridad no se fortalece únicamente mediante órdenes y sanciones, sino también mediante la coherencia, la transparencia y el cumplimiento de las propias responsabilidades.
¿Es un problema de los ciudadanos o de las autoridades?
La respuesta más razonable es que existen responsabilidades diferentes que deben analizarse por separado.
El ciudadano tiene el deber de respetar las normas, evitar perjudicar a los demás y cuidar los espacios que comparte con su comunidad.
Las autoridades, por su parte, deben cumplir las competencias que les corresponden, mantener los espacios públicos, aplicar las disposiciones vigentes y ofrecer canales de atención a los ciudadanos.
En materia municipal, la Ley núm. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios contempla responsabilidades relacionadas con servicios como la limpieza vial, la recogida y disposición de residuos, el mantenimiento de calles, aceras, contenes, plazas y parques, de acuerdo con el marco legal aplicable.
En materia de tránsito, la Ley núm. 63-17 establece disposiciones sobre movilidad y seguridad vial.
Estas referencias permiten comprender que la convivencia no depende de una única institución. Según la naturaleza del problema, pueden intervenir ayuntamientos, autoridades de tránsito, organismos ambientales y otras entidades competentes.
Por eso, cuando se denuncia una situación concreta, conviene identificar cuál institución tiene atribuciones para atenderla, qué actuación se ha solicitado y cuál ha sido la respuesta recibida.
La crítica ciudadana gana fuerza cuando se apoya en hechos verificables y distingue las responsabilidades de cada actor.
Las consecuencias de acostumbrarnos al desorden
La normalización de las infracciones puede producir consecuencias que van más allá de la incomodidad inmediata.
En primer lugar, deteriora la seguridad. Un obstáculo en una acera puede obligar a un peatón a caminar por la calle. Una conducta imprudente en el tránsito puede aumentar el riesgo de lesiones y accidentes.
En segundo lugar, debilita la confianza. Cuando las personas perciben que las reglas se cumplen de manera desigual, pueden perder confianza en la capacidad de las instituciones para proteger sus derechos.
En tercer lugar, genera conflictos. Las disputas por el ruido, los estacionamientos, los residuos o la ocupación de espacios comunes pueden deteriorar las relaciones entre vecinos y comerciantes.
En cuarto lugar, perjudica a quienes tienen menos posibilidades de defenderse. Una acera obstruida no representa la misma dificultad para todas las personas. Los adultos mayores, las personas con discapacidad, los niños y quienes tienen movilidad reducida pueden afrontar obstáculos especialmente importantes.
Finalmente, puede alimentar un círculo de deterioro. Cuando una persona observa que otros incumplen las normas, puede sentirse tentada a hacer lo mismo. Si esa conducta se repite, el problema se multiplica y la comunidad termina soportando las consecuencias.
No debemos aceptar que estas situaciones sean inevitables. La convivencia puede mejorar cuando las normas son comprensibles, las instituciones responden y los ciudadanos asumen su parte de responsabilidad.
¿Qué falta por hacer?
La solución requiere medidas concretas, evaluables y sostenidas en el tiempo.
Primero: identificar los problemas de cada comunidad
No todas las zonas presentan las mismas dificultades. En algunos lugares puede predominar la ocupación de las aceras; en otros, los residuos, el ruido, el estacionamiento irregular o las conductas peligrosas en el tránsito.
Los ayuntamientos y las organizaciones comunitarias pueden identificar los puntos críticos, documentar las incidencias y establecer prioridades.
Segundo: mejorar la educación ciudadana
Las campañas educativas deben explicar no solo qué está prohibido, sino por qué determinadas conductas perjudican a otras personas.
Una campaña sobre las aceras, por ejemplo, puede mostrar cómo una obstrucción afecta a una persona en silla de ruedas. Una campaña contra el ruido puede explicar las consecuencias de impedir el descanso de una comunidad.
La educación funciona mejor cuando ofrece razones comprensibles y alternativas prácticas.
Tercero: aplicar las normas de manera coherente
Las autoridades competentes deben actuar conforme a la legislación, con procedimientos claros y sin discriminación.
La aplicación de las normas debe ser proporcional a la infracción y respetar las garantías correspondientes. No se trata de convertir cada problema vecinal en un conflicto sancionador, sino de evitar que las infracciones reiteradas queden sin una respuesta adecuada.
Cuarto: garantizar servicios públicos que faciliten el cumplimiento
Es razonable exigir que los residuos se depositen correctamente, pero también se necesita un sistema de recogida que funcione.
Es necesario proteger las aceras, pero también mantenerlas transitables. Es importante ordenar el estacionamiento, pero también evaluar las necesidades de movilidad y la planificación urbana.
La responsabilidad ciudadana y la calidad de los servicios públicos deben avanzar juntas.
Quinto: facilitar las denuncias y dar seguimiento a los casos
Las comunidades necesitan conocer cuáles son los canales oficiales para comunicar una infracción, qué información deben aportar y cómo pueden consultar el estado de una solicitud.
Las instituciones deberían procurar que las denuncias reciban una respuesta clara y que los ciudadanos puedan conocer las actuaciones realizadas, dentro de los límites legales aplicables.
Sexto: medir los resultados
No basta con anunciar operativos o realizar jornadas ocasionales.
Es necesario evaluar si disminuyen las obstrucciones de aceras, si mejoran los niveles de limpieza, si se atienden las denuncias y si las medidas adoptadas producen cambios sostenibles.
La publicación de resultados verificables permitiría a la ciudadanía valorar los avances y señalar las áreas que continúan necesitando atención.
Las preguntas que debería hacerse cada ciudadano
Antes de criticar el comportamiento de los demás, conviene examinar nuestras propias acciones.
¿He ocupado alguna vez un espacio público sin considerar el perjuicio que puedo causar?
¿He arrojado desperdicios en un lugar inapropiado porque me resultaba más cómodo?
¿He utilizado el ruido como si mi tranquilidad fuera más importante que la de mis vecinos?
¿Respeto las señales de tránsito incluso cuando no veo a ningún agente cerca?
¿He enseñado a mis hijos que las normas deben respetarse por convicción y no solamente por miedo a una sanción?
¿Conozco los canales para denunciar una infracción de manera responsable?
Y, cuando observo un problema, ¿me limito a quejarme o procuro contribuir a una solución?
Estas preguntas no pretenden trasladar toda la responsabilidad al individuo. Su propósito es recordar que la transformación de una comunidad requiere tanto instituciones capaces de cumplir sus funciones como ciudadanos dispuestos a ejercer sus derechos y asumir sus deberes.
Conclusión: una sociedad no puede vivir indefinidamente de excepciones
El desorden cotidiano no debe analizarse como una característica inevitable de la sociedad dominicana ni como un defecto atribuido indistintamente a todos sus ciudadanos.
Es un conjunto de problemas que puede tener causas diferentes y que exige respuestas igualmente diversas.
Algunas situaciones requieren educación; otras, mejores servicios, planificación urbana, coordinación institucional o aplicación de las normas. Muchas necesitan una combinación de estos elementos.
Lo que no podemos hacer es confundir la repetición con la legitimidad. Una infracción no deja de ser perjudicial porque se haya convertido en costumbre. Tampoco una obligación pública desaparece porque su cumplimiento resulte difícil.
La convivencia comienza cuando comprendemos que las calles, las aceras, los parques y los espacios compartidos no existen para satisfacer exclusivamente las necesidades de una persona. Son parte de un entorno común donde deben coexistir derechos, obligaciones e intereses diferentes.
La pregunta, entonces, no es solamente qué deben hacer las autoridades para imponer el orden. También es qué condiciones deben crear para facilitarlo y qué estamos dispuestos a cambiar como ciudadanos para hacerlo posible.
Reflexión editorial de La Pluma Perspicaz
Una sociedad no se mide únicamente por la altura de sus edificios, la cantidad de vehículos que circulan por sus calles o el crecimiento de su economía. También se mide por la manera en que sus integrantes respetan a los demás cuando nadie los está observando.
El verdadero civismo no consiste en cumplir las reglas solamente cuando existe una sanción cercana. Consiste en comprender que nuestras decisiones pueden facilitar o dificultar la vida de otras personas.
Pero el compromiso ciudadano necesita una autoridad que actúe con responsabilidad, instituciones que respondan a las necesidades colectivas y servicios públicos que permitan cumplir las normas.
No podemos exigir una comunidad ordenada si justificamos nuestras propias infracciones, ni podemos reclamar responsabilidad ciudadana para desentendernos de las obligaciones institucionales.
El orden no se construye únicamente con multas, ni la convivencia depende exclusivamente de la buena voluntad. Se construye cuando la educación, la responsabilidad individual, los servicios públicos y la aplicación justa de las normas avanzan en la misma dirección.
La República Dominicana tiene el desafío de fortalecer esa cultura de respeto. La pregunta que dejamos abierta a nuestros lectores es sencilla, pero fundamental:
¿Queremos seguir acostumbrándonos al desorden o estamos dispuestos a construir una sociedad en la que respetar los derechos ajenos sea una práctica cotidiana y no una excepción?
La Pluma Perspicaz: información que educa
Fuentes oficiales para respaldar la publicación
Ley núm. 63-17, sobre movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial. Consulte el texto publicado por el INTRANT: . Marco legal del INTRANT
Ley núm. 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, que establece competencias y servicios municipales. . Consultar el texto de la ley
Ley núm. 90-19, sobre prevención, supresión y limitación de ruidos nocivos y molestos. . Consultar el documento legal
Nota editorial: el artículo es un análisis original de carácter general. Antes de atribuir una infracción a una persona, institución o comunidad específica, conviene verificar los hechos y consultar las disposiciones legales aplicables al caso concreto.
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